CONCILIACIÓN, Judicial o extrajudicial en la cual es único requisito para llevarla a cabo es la voluntad de las partes (alimentos, custodia, convivencia, divorcio, etc.). Te interesa?
La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacional o extranjera, gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
El conciliador tiene la facultad de sugerir opciones de solución, pero las partes
retienen en sí el poder de decisión del acuerdo final (convenio).